Debe seguir funcionando la Defensoría del Pueblo

¿Debe seguir funcionando la Defensoría del Pueblo?

No es una pregunta retórica.

En el Perú existe la costumbre de crear instituciones, sea por imitación o influencia externa. Uno de estos casos es la Defensoría del Pueblo.

La Defensoría tiene su origen en Suecia a comienzos del siglo XIX, por eso también al Defensor se le llama Ombudsman, que en sueco significa representante. Surgió como una entidad parlamentaría para proteger los derechos ciudadanos.

En nuestro país, la Defensoría fue creada por la Constitución Política de 1993 y tres años después inició sus funciones.

Según su portal institucional, es un organismo constitucionalmente autónomo, creado “para defender los derechos fundamentales, supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal, así como la eficiente prestación de los servicios públicos en todo el territorio nacional”.

Los derechos fundamentales se encuentran establecidos en el Art. 2 de la Constitución (derecho a la vida, a la identidad, libertad de conciencia, de expresión, de creación intelectual, entre otros), derechos que ya están protegidos por el Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Policía Nacional y Poder Judicial, Tribunal Constitucional e Indecopi.

En cuanto a la supervisión de los deberes de la administración pública, es la función principal de la Contraloría que, incluso, tiene la facultad para revisar documentos considerados secretos, de cualquier entidad pública. Facultad de la que carece la Defensoría.

Y sobre la eficiente prestación de los servicios públicos, es una labor que corresponde a organismos sectoriales autónomos, algunos de los cuales fueron creados antes que la Defensoría como, Osiptel (1991), Sunass (1992), otro el mismo año como Osinergmin (1996) o poco después como es el caso de Ositrán (1998).

Algunos partidarios de la Defensoría han puesto el énfasis en la protección y promoción de los derechos humanos como su función principal, pero esta función ya se encuentra dentro de las atribuciones del Ministerio de Justicia a través del viceministerio de Derechos Humanos, el congreso cuenta con una comisión de Justicia y Derechos Humanos, además de una serie de ONG que también se ocupan del tema. 

En cuanto a sus logros, los cuales pueden revisarse en los documentos defensoriales emitidos desde su creación se destacan estudios y recomendaciones. En tal sentido, se parece más a un think tank.  

En el aspecto económico, para este año el presupuesto institucional de apertura para la Defensoría del Pueblo asciende a S/ 105.25 millones, aunque en la sustentación que hizo el Defensor ante el congreso pidió S/165 millones, un monto que finalmente quizá lo obtenga teniendo en cuenta que lo asignado es solo el presupuesto de apertura.

Si la idea era crear una Defensoría porque existe en la mayoría de los países de la región y proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, fue una idea costosa y con resultados dudosos.

Si la idea era solucionar posibles ineficiencias de otras instituciones encargadas de velar por los derechos humanos, no fue la respuesta más acertada, es como desvestir un santo para vestir otro. Resulta inútil resolver un problema creando otro.

No somos un país desarrollado con suficientes recursos económicos, más bien nos faltan esos recursos para cubrir carencia importantes; por ello, no tiene sentido gastar los pocos recursos del que se dispone replicando organismos.

La conclusión es clara: la Defensoría del Pueblo realiza las mismas funciones que otros organismos públicos, por tanto, su funcionamiento es cuestionable.